Sr. Director:

La píldora post-coital o del día después tiene varios efectos, unos son anticonceptivos y otros abortivos:

Primero, provocar la alteración del movimiento del esperma hacia las trompas de Falopio, efecto anticonceptivo.

Segundo, inhibir o retrasar la ovulación, con efecto anticonceptivo.

Tercero, altera la movilidad del óvulo en la trompa de Falopio, si el óvulo está fecundado será un efecto abortivo.

Cuarto, modifica el endometrio impidiendo al óvulo fecundado que anide en el útero, es un efecto puramente abortivo. Es el principal fin por el que se utiliza la píldora. El término "contracepción de emergencia" es un eufemismo porque ya no se trata de evitar la concepción, que ya se ha producido, sino el de provocar el aborto en su fase más temprana.

En definitiva: la píldora post-coital o del día después tiene un efecto claramente abortivo y es el efecto que se busca con su utilización

Proponemos a la Generalitat que no suministre la PDD ya que transgrede la despenalización en los tres supuestos legales y por supuesto, a menores de 18 años ya que el derecho a ejercer la libertad de educación es de las madres y padres catalanes y no de la administración en cumplimiento del Art. 27.3 de la Constitución.

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