El paro sin servicios mínimos que paralizó Madrid condenado en los juzgados

 

Pese a que los conductores no apoyaron la huelga, no pudieron ofrecer los servicios mínimos.

El Madrid revienta que empleó el portavoz del comité de huelga al comenzar el paro salvaje del metro de Madrid los días 29 y 30 de junio le ha explotado en las manos.
Este lunes el juzgado de lo social número 16 de Madrid ha declarado como ilegal la huelga sin servicios mínimos que paralizó la capital de España en esos días. Y es que hay que recordar que aunque los conductores no fueron a la huelga, los piquetes impidieron el funcionamiento del servicio, por lo que el metro estuvo parado 48 horas, con todos los perjuicios que ocasionó a la circulación por Madrid.
Pero mientras que lo habitual es que los políticos, una vez finalizada la huelga y llegado a un acuerdo, suelen olvidar el daño hecho, la Comunidad de Madrid acudió a los tribunales exigiendo así a los sindicatos el pago por el coste ocasionado.
El magistrado parte de las premisas de que el servicio que presta Metro es esencial para la Comunidad y se apoya en que los servicios mínimos establecidos se incumplieron de manera total.
Las pérdidas estimadas rondan los cinco millones de euros y la Comunidad tiene previsto demandar a los sindicatos una indemnización que ronda los siete millones.
Juan María Piñero
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