Remóntennos a los antecedentes de hecho. El Juzgado de Instrucción número 3 de Colmenar Viejo juzgó a Javier Krahe (en la imagen) por un delito contra los sentimientos religiosos, tipificado en el artículo 525 del Código Penal. El juzgado pidió una fianza de 192.000 euros a Krahe y otra de 144.000 a la productora del programa, además de una multa de 14.400 euros para cada uno. Finalmente, Krahe fue absuelto.

Según la plataforma Hazteoir.org, Canal recibió más de 10.000 escritos de protesta por la emisión de un vídeo blasfemo. En el vídeo de Javier Krahe mostraba "cómo cocinar a un crucifijo, troceado, untado con mantequilla y metido en un horno, saliendo al "tercer día en su punto".

El Centro Jurídico Tomás Moro presentó una querella criminal, afirmando que "existen importantes elementos para considerar probado que con la emisión del vídeo violó el artículo 525 del Código Penal que castiga las ofensas a las creencias religiosas" y que establece: "incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes las profesan o practican".

Dicha querella fue desestimada por la Audiencia provincial de Madrid, que plantea ahora que "las imágenes emitidas y las manifestaciones que las acompañan tienen un indudable sentido satírico, crítico y provocador". "Ello no es suficiente para dotarlas de relevancia criminal, pese a su contenido burlesco, pues el tipo penal requiere que se haga escarnio público de dogmas, creencias, rito o ceremonias con la finalidad de ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa", añade.

Por otra parte, el fiscal general del Estado, también admitió a trámite la denuncia presentada por un diputado del Partido Popular por la emisión del blasfemo cortometraje.

La jueza titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Colmenar citó, por primera vez, a Javier Krahe para que prestara declaración como imputado por su vídeo blasfemo emitido en Canal el 15 de diciembre de 2004. En la misma resolución, la jueza ordenó a la cadena televisiva que identificara al director del programa, que emitió el vídeo y a los responsables de la emisión para que declaren, también como imputados.

Siempre he afirmado que la blasfemia es el arma de los cobardes. Son incapaces de ridiculizar al profeta Mahoma porque saben que les podría costar la vida.


Clemente Ferrer

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