La plataforma ciudadana HazteOir.org ha entregado esta mañana el dossier con documentos fotográficos y audiovisuales tomados el pasado sábado en la marcha del Orgullo Gay que muestran las injurias y burlas que se dedicó a las convicciones de aquellos que se oponen a la ley de matrimonios del mismo sexo. En el escrito presentado junto al dossier se indican los artículos del Código Penal que amparan la denuncia: 169, 170 y 525.1 sobre tolerancia religiosa.

HazteOir.org, 7 de julio de 2005.- El material presentado esta mañana por la portavoz de HazteOir.org, Carmina García-Valdés, será añadido a la denuncia que hace una semana entregaron representantes de la misma plataforma y del Foro Español de la Familia.

García-Valdés ha declarado que esta denuncia tiene como objetivo acabar con la impunidad que, basándose en un doble rasero, tienen determinados sectores minoritarios que no representan a la mayoría de los homosexuales. La portavoz de HazteOir.org ha acusado de familifobia, heterofobia y religiofobia a los organizadores de la marcha del Orgullo Gay. Creemos que estamos en nuestro derecho de presentar esta denuncia porque se han visto agredidos nuestros sentimientos ciudadanos, religiosos y de familia, ha dicho.

Los hechos que se denuncian, según el escrito que encabeza el dossier, son: gritos amenazantes tales como Vamos a quemar la Conferencia Espiscopal, el escarnio de la religión católica, de su jerarquía y de sus miembros, burlas ofensivas a las procesiones de Semana Santa y a la Virgen o la exhibición de pancartas ofensivas contra instituciones como el Foro Español de la Familia, asociándolo a símbolos nazis. La base jurídica para esta denuncia se encuentra, a juicio de los servicios jurídicos de HazteOir.org, en los artículos 169, 170 y 525.1 del Código Penal  [se adjuntan al final de la nota].

Por su parte, Ignacio Arsuaga, presidente de la plataforma, ha afirmado que las imágenes de ambas manifestaciones en defensa de la familia y del orgullo gay- hablan por sí solas. Por un lado indica- una multitudinaria fiesta de familias enteras ignoradas que se manifiestan en positivo, uniendo, pidiendo respeto y protección para la institución más importante de la sociedad. Por otro, una marcha encabezada y apoyada con dinero por Gobierno y PSOE, en el que la reivindicación se basa en el insulto, la ofensa y la injuria. Zapatero y la España decente que propugna, atacan, destruyen y dividen, concluye.

Si el Gobierno espera que entremos al juego de la radicalización y la crispación, se equivoca declara-. Nosotros utilizaremos los medios que el estado de derecho pone al alcance de todos los ciudadanos para defender la tolerancia y el respeto a nuestras justas reivindicaciones.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Artículo 169. del Código Penal establece que el que amenazare a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado un mal que constituya delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico, será castigado :

Con la pena de prisión de seis meses a dos años, cuando la amenaza no haya sido condicional.

Por otro lado el Artículo 170 dispone que si las amenazas de un mal que constituyere delito fuesen dirigidas a atemorizar a los habitantes de una población, grupo étnico, cultural o religioso, o colectivo social o profesional, o a cualquier otro grupo de personas y tuvieran la gravedad necesaria para conseguirlo, se impondrán, respectivamente, las penas superiores en grado a las previstas en el artículo anterior.

SEGUNDO : El artículo 525.1 del Código Penal establece que incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.