Sr. Director:
Pongo en su conocimiento que mi país Argentina- no se respetan los derechos constitucionales de las personas discapacitadas, como es mi caso (hemiplégico permanente, certificado oficial mediante), jubilado por invalidez de la Biblioteca del Honorable Senado de Buenos Aires y mentor de la Ley 10592 Régimen jurídico básico e integral para las personas discapacitadas- de la Provincia de Buenos Aires, sancionada en noviembre de 1987 y aún en vigencia, con algunas modificaciones.

Asimismo, las personas que padecemos alguna minusvalía estamos contemplados en el Artículo 75, inciso 23 de la Constitución de la Nación, el Artículo 36, inciso 5 de su similar de la Provincia de Buenos Aires, normas jurídicas específicas nacionales, provinciales, municipales, internacionales y supranacionales. Sin embargo, el Estado incumple con tales requisitos, con la Ciencia del Derecho que doctrinariamente, establece: las normas jurídicas DEBEN tener validez (tratamiento legislativo), vigencia (publicación oficial) y EFICACIA (a cargo del Poder Ejecutivo y Judicial), hecho éste último que NO SE CUMPLE.

Ahora bien, según lo expresado en todos los foros del Planeta, Argentina es una República, por lo tanto democrática y constitucional: pero el Derecho es omitido...

Creo haber expuesto a rasgos generales la situación que acontece y le reitero, me responsabilizo de todos y cada uno de los conceptos antedichos.

Roberto Daniel Durán