Se obliga también a establecer un servicio universal en banda ancha antes del 31 de diciembre del 2008

Se ha hablado mucho del polémico canon digital en la Ley de Impulso de la Sociedad de la información (LISI). Sin embargo, la controvertida ley tiene además otros contenidos igualmente polémicos. Por ejemplo, se establece la posibilidad de "bloqueo administrativo de contenidos". O sea, censura. Es verdad que el redactado de la Ley exige que "no vulnere la libertad de expresión". Pero no queda claro si eso lo debe resolver un juez o podría hacerlo una entidad administrativa, incluida un alcalde o quizás la misma SGAE. Desde el PSOE se argumenta que no hay ninguna novedad en este aspecto y que para cerrar o secuestrar una publicación, sólo se podrá hacer por autorización judicial.

Por supuesto, probablemente nunca hagan uso de esta posibilidad censora. Pero haberla, hayla. Y siempre se podrá esgrimir ante un juez al que le tocará interpretar la voluntad del legislador. O dicho de otra manera, la espada de Damocles está peligrosamente presente.

Por otra parte, la ley establece la obligación de ofrecer servicio universal en banda ancha antes del 31 de diciembre de 2008 "esté donde esté". Esto significa que Telefónica estará obligada a desplegar infraestructura de banda ancha en los lugares donde existe la llamada telefonía rural. Pero también significa que si Telefónica se plantea implantar el ADSL a 100 megas, también le obligaran a llegar al "pico del monte". Y no están dispuestos. Así que si no se aclara, se pospondrá una vez más una infraestructura que podría ofrecernos servicios de televisión a la carta, etc. Si tienen que compartirla con los competidores o llegar a la última esquina, probablemente no lo hagan No está mal la consecuencia teniendo en cuenta que se trata de la Ley para el ‘Impulso' de la Sociedad de la Información.