El Tribunal Constitucional emitió un auto el pasado 15 de marzo mediante el que rechazaba el recurso de inconstitucionalidad 5.081-2000 planteado en relación al artículo 43 del real decreto ley 6/2000 de 23 de julio de medidas urgentes para la intensificación de la competencia en los mercados de bienes y servicios. De esta manera queda extinguido el proceso admitido a trámite por providencia de 17 de octubre de 2000.

Por otra parte, en la misma fecha fue también rechazado el recurso de inconstitucionalidad 4419-2002 presentado por el gobierno contra el apartado segundo del artículo 23 de la Ley de la Comunidad Autónoma de Andalucía 1/2002 de 4 de abril, de ordenación y control de la pesca marítima, el marisqueo y la acuicultura marina.

Además, el tribunal Constitucional admitió a trámite el pasado 24 de mayo el recurso de inconstitucionalidad 7754-2004 planteado por la sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en relación a la Ley 5/1999 de 21 de mayo de ordenación del gasto farmacéutico. En la misma fecha aceptó también la cuestión de inconstitucionalidad 12-2005 sobre la misma ley

Por último, en auto de 1 de marzo, el Tribunal Constitucional ha dado por resuelto el conflicto de competencias planteado por la Junta de Andalucía el 20 de junio de 1998 contra el Ministerio de Fomento, por entender que la Secretaría General de Comunicaciones del Ministerio de Fomento se había extralimitado de sus competencias incoando expedientes sancionadores. El TC desestima a la Letrada de la Junta y da la razón al Estado.