Según un reciente estudio de la Asociación de Víctimas del Aborto, el 40% de los embarazos de las mujeres extranjeras que residen en España termina en aborto. El porcentaje es muy superior al producido entre las mujeres nacionales, en las que el ratio de abortos sobre embarazados se sitúa en casi un 10%.

El informe se basa en los datos de nacimientos aportados por el INE, así como las estadísticas de abortos proporcionadas por el ministerio de Sanidad. Además, AVA ha estimado que el 50% de los abortos realizados en España son practicados por extranjeros. La estimación se basa tanto en estudios internos, como en información oficial de la Comunidad de Madrid que estima en el 52% los abortos de mujeres extranjeras. Por otra parte, la portavoz del abortorio Dátor , Victoria Virtudes , concluye también que las extranjeras representan cerca de la mitad de los abortos realizados en España.

Según el INE, en 2004 se registraron 453.278 nacimientos en España, de los cuales 62.150 fueron de madre extranjera residente. Confrontando estos datos con el porcentaje de abortos de mujer inmigrante, un 9.8% de las madres españolas embarazadas acaba abortando. Sin embargo, en el caso de las emigrantes, el drama es aún mayor, ya que se producen 42.500 abortos provocados del total de más de 104.000 embarazos. Es decir, un 40,6% de mujeres inmigrantes embarazadas en España abortan. Si el porcentaje se equiparara al nacional, el repunte de la natalidad sería muy superior al que se está experimentando en los últimos años.

AVA denuncia que existe una falta de apoyo social a la mujer embarazada especialmente si se trata de mujeres inmigrantes, algo inadmisible en una sociedad solidaria como la nuestra, afirma Esperanza Puente, presidenta de la AVA que recuerda que el aborto es toda una violencia de género debido a las graves secuelas físicas y psíquicas de la intervención.

Por último, AVA pide al Gobierno y a las Comunidades Autónomas alternativas dignas y eficaces para las mujeres inmigrantes y españolas, que son obligatorias según el artículo 9 del RD 2409/1986, y la información completa de todos los efectos secundarios de la interrupción del embarazo antes de realizarlo, siguiendo la Ley 41/2002 del consentimiento informado.