La Comisión Delegada para Asuntos Económicos celebrada el pasado 19 de enero resolvió actualizar las tarifas aplicables a los servicios de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos. Estos son los precios de cada uno de los servicios:

A. Servicios postales

 

Primero. Cartas y tarjetas postales

 

1. Nacionales

 

1.1 Ordinarias interurbanas:

 

Aplicables en España y en las relaciones con Andorra y Gibraltar:

 

Hasta 20 grs normalizadas.

0,29

Hasta 20 grs sin normalizar.

0,38

Más de 20 grs hasta 50 grs.

0,41

2. Internacionales

 

2.1 Ordinarias:

 

2.1.1 Zona 1.-Europa (incluida Groenlandia):

 

Hasta 20 grs normalizadas.

0,57

Hasta 20 grs sin normalizar.

1,05

Más de 20 grs hasta 50 grs.

1,26

2.1.2 Zona 2.-Resto de países:

 

Hasta 20 grs normalizadas.

0,78

Hasta 20 grs sin normalizar.

1,38

Más de 20 grs hasta 50 grs.

1,66

2.2 Tarifas especiales para Francia:

 

Las cartas y tarjetas postales a poblaciones francesas de la zona fronteriza que no disten más de 30 kilómetros de la localidad expedidora española, se franquearán con las tarifas que se especifican en el punto 1, apartado 1.1.

 

Segundo. Cecogramas

 

Circulan exentos de franqueo y de todo derecho, tanto en el ámbito nacional como en el internacional.

 

Tercero. Servicios adicionales

 

1. Nacionales

 

Aplicables en España y Andorra:

 

1.1 Certificado.

2,10

1.2 Valor declarado :

 

Cada 50 euros declarados o fracción.

1,73

2. Internacionales

 

(Para aquellos países que lo admitan)

 

2.1 Certificado.

2,20

2.2 Valor declarado :

 

Cada 50 euros declarados o fracción.

2,11

B. Servicio de giro

 

Primero. Giro ordinario

 

1. Nacional

 

Los giros nacionales ordinarios satisfarán las siguientes tarifas, según modalidad de pago redondeándose el resultado obtenido a céntimos de euro.

 

1.1 A abonar en cuenta (Giro O.I.C.):

 

Percepción fija.

0,00

Porcentaje sobre la cantidad girada.

0,75%

1.2 A abonar en Oficina de Correos (giro inmediato):

 

Percepción fija.

1,43

Porcentaje sobre la cantidad girada.

0,75%

1.3 A abonar en el domicilio del destinatario :

 

1.3.1 Ordinario.

 

Percepción fija.

1,43

Porcentaje sobre la cantidad girada.

0,75%

1.3.2 Urgente.

 

Percepción fija.

3,95

Porcentaje sobre la cantidad girada.

0,75%

1.4 Giros especiales.

 

Los giros especiales para el pago de subsidios, expedidos bajo la modalidad de libranza global a la oficina técnica y talones o recibos individualizados para cada beneficiario, devengarán por cada uno de los talones que ampara el giro global.

 

Percepción fija.

0,25

Porcentaje sobre la cantidad girada.

0,75%

Los giros pueden llevar una comunicación privada para el destinatario, no superior a 140 caracteres, sin pago de percepción adicional alguna.

 

2. Internacional

 

2.1 Giros-libranzas:

 

Percepción fija.

1,63

Porcentaje sobre la cantidad girada.

0,75%

Los demás servicios adicionales se regirán por las tarifas establecidas para el resto de la correspondencia.

 

2.2 Giro Vía Electrónica:

 

2.2.1 Zona 1:

 

Percepción fija.

4,11

Porcentaje sobre la cantidad girada.

0,75%

2.2.2 Zona 2:

 

Percepción fija.

5,30

Los Giros Vía Electrónica pueden llevar una comunicación privada para el destinatario, no superior a ciento cuarenta caracteres, sin pago de percepción adicional alguna.

 

2.3 Giro Cuenta Internacional:

 

Percepción fija.

3,45

2.4 Giro-libranza modalidad POSTFIN urgente. Se compone del precio de Giro Postal Internacional más la cantidad fija de

22,00