Tras un curioso retraso, la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha dictaminado que Emilio Botín no cometió delito alguno por pagar 44 millones de euros a su colega José María Amusátegui, para que abandonara la entidad y le dejara como presidente único. Tampoco cometió delito alguno cuando pagó 108 millones de euros a Ángel Corcóstegui para que abandonara la consejería delegada. Hablamos de dinero de la entidad, es decir, de los accionistas, no del dinero de d. Emilio Botín.

Por otra parte, la sentencia de los magistrados Antonio Díaz Delgado, presidente de la Sala, Luis Antonio Martínez de Salinas, magistrado ponente y Raimunda de Peñafort Lorente Martínez no tiene fisuras. Ni sanción moral, ni voto particular ni nada que se le parezca. Es más, resulta muy elogiosa para Emilio Botín, y aunque reconoce que las cantidades parecen elevadas ¡hay que ver lo que se hace en el extranjero! Además, dichas cantidades están en función de los actos (hay que recordar que en España se cuentan con los dedos de una mano los presidentes que ganan al año más de 1 millón de euros).

En la sentencia, la conducta de Botín no puede ser más elogiable en todos los órdenes. Se reconoce que las cuantías abonadas pudieron resultar elevadas, sí, pero todo está en función de los actos referidos. Apenas entra en el delito de apropiación indebida, el plato más picante, y se centra en el delito societario, una figura tan vaporosa que aún no ha producido ninguna sentencia digna de mención. Con la prevaricación ocurre algo similar al delito societari podría decirse que en España no hay forma de probar tales delitos.    

La sentencia afirma que no hay que confundir perjuicio con gasto, y compara el tamaño de las indemnizaciones con el ingente trabajo, tan especializado, que ejercían los acusados. Se apoya, una y otra vez, en el Informe realizado por Olivencia a petición del propio Botín. Recordemos que Manuel Olivencia presidió la comisión nombrada para abordar el código, que lleva su nombre, sobre buen gobierno y ética empresariales.

Quizás lo más impactante de esta sentencia es que crea una especie de barra libre, un precedente para que cualquier presidente pueda abonar cualquier indemnización a cualquier directivo o colega, con cargo, claro está, al dinero de los accionistas, propietarios de toda sociedad anónima. 

Por lo demás, hay que congratularse porque los señores Emilio Botín, José María Amusátegui y Ángel Corcóstegui no hayan sido condenados, con el riesgo último de entrar en prisión. Detesto que se encarcele a alguien. Necesario, sí, pero siempre  desagradable. Ello salen bien parados. Lo que no se si sale tan bien parada es la administración de justicia, la institución en la que menos confían los españoles. Y es que no ha sido tan sólo una sentencia absolutoria, sino coincidente con la Fiscalía, cuyas tesis, tanto en este caso como en el de las cesiones de crédito, coinciden, asimismo, con las de la defensa de Emilio Botín.

Eulogio López