La entidad colocó indebidamente un swap a un cliente. El juez considera que este producto es un negocio seguro para los bancos. La Audiencia Provincial de Barcelona ha condenado al Santander a resarcir a un cliente, mecánico de profesión, por la colocación irregular de un swap. La entidad le vendió este producto como un "seguro de hipoteca que le blindaba de la subida de tipos de interés", según declaró el afectado durante el juicio. En la sentencia, el juez recuerda que en el año 2009, el Defensor del Pueblo calificó los swaps como "un seguro para el mantenimiento de los tipos de interés de las entidades, no de sus clientes". En otras palabras, lejos de ser un seguro de hipoteca, se trata de un negocio seguro para los bancos. Además, la Audiencia censura que el Santander no informara al cliente sobre las previsiones del Banco de España y de Funcas, que preveían una bajada de los tipos de interés, que perjudicaba al cliente. "Más bien hubo una previsión de ingresos seguros para las entidades de crédito en base a los pronósticos conocidos por ellos", concluye. En definitiva, "como la colocación fue irregular y la información muy deficiente, el resultado fue que mi cliente se hizo una representación de la realidad diferente de la que era, sin que una diligencia media pudiera superarlo", explica el abogado defensor, Juan Ignacio Navas, socio director de Navas & Cusi. Andrés Velázquez andres@hispanidad.com