El Tribunal de Justicia anula las bonificaciones fiscales millonarias a empresas españolas por la compra de firmas extranjeras. Después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) dictaminase el miércoles que los bancos deben devolver todo el dinero cobrado de más a los clientes afectados por la existencia de cláusulas suelo en sus contratos hipotecarios -los que no fueron transparentes-, el mismo tribunal y también ese día, se pronunció sobre otro asunto 'legal español'. En concreto, el Tribunal de Justicia de la UE invalidó dos sentencias en primera instancia que avalaban el régimen español que permitía a las multinacionales deducirse del pago del impuesto de Sociedades, durante 20 años, el fondo de comercio resultante de la compra de participaciones superiores al 5% en empresas extranjeras. Bruselas denunció a España por considerar esas exenciones ayudas de Estado ilegales. El Tribunal General falló contra la Comisión, que recurrió el veredicto. Y el pasado miércoles, el Tribunal de Luxemburgo anuló ambas sentencias y envió de vuelta el caso al Tribunal General. Esta decisión despeja el camino para que la Comisión Europea pueda volver a reclamar a España que recupere los beneficios fiscales concedidos a dichas empresas. Andrés Velázquez andres@hispanidad.com