Y eso a pesar que la cadena informó al público del emplazamiento de productos, en el programa 'Decogarden', pero se pasó. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impone una sanción de 413.000 euros a Atresmedia por extralimitarse en el emplazamiento de producto de cuatro marcas en el programa "Decogarden" y en la emisión de cuatro ediciones diferentes del formato. En concreto, la Comisión ha constatado cuatro infracciones graves, una de ellas de carácter continuado, en la emisión del programa a través de su canal NOVA los días 3, 11, 17 y 31 de diciembre de 2016, emplazando productos de "Titanlux", "Cortina Decor", "Tesa" y "Flower" y que son contrarios a la ley La CNMC recuerda que el artículo 17.3 de la Ley General de Comunicación Audiovisual establece: "El emplazamiento no puede condicionar la responsabilidad ni la independencia editorial del prestador del servicio de comunicación audiovisual. Tampoco puede incitar directamente la compra o arrendamientos de bienes o servicios, realizar promociones concretas de éstos o dar prominencia indebida al producto". A pesar de que el programa informó al público de la existencia de emplazamiento de producto, la CNMC ha constatado conductas contrarias a la Ley, como por ejemplo, la prominencia indebida de un producto, tanto por su reiteración como por su duración y tratamiento de la imagen; menciones verbales a las posibles virtudes, méritos u otras características del producto emplazado. Andrés Velázquez andres@hispanidad.com