- Se podrá utilizar a los parados para trabajar en obras sociales.
- Nuevo contrato fijo bonificado para emprendedores.
- El paro financiará parte del salario.
- El Gobierno pretende que aflore la economía sumergida persiguiendo el fraude en el subsidio.
- Se facilita el descuelgue en los convenios de las empresas y el despido por causas económicas.
Soraya Sáenz de Santamaría y la ministra de Empleo, Fátima Báñez (en la imagen), han comparecido hoy en rueda de prensa para informar sobre el 'agresivo' decreto ley mentado ante los micrófonos abiertos por el ministro Luis de Guindos, en Bruselas. Despedir a un empleado fijo, a partir de ahora, sale más barato. De 45 días por año trabajado y hasta un máximo de 42 mensualidades en el caso de los improcedentes, pasamos a 33 días por año trabajado con un máximo de 24 meses. La norma no tiene efecto retroactivo. Todos los trabajadores contratados antes de la fecha de su creación siguen conservando sus derechos.
Asimismo, se crea un nuevo tipo de indemnización por la extinción del contrato indefinido de 20 días para los casos de despidos procedente por causas objetivas, es decir cuando a la empresa le va mal.
La ministra, en su rueda de prensa, no mencionó un detalle muy importante, y es que el Fondo de Garantía Salarial sólo cubrirá la extinción de los contratos por despidos procedentes en Pymes. ¿Qué ocurrirá en el caso de grandes empresas como las de Ruiz-Mateos? ¿Están tan mal los fondos públicos como para no poder hacer frente a los pagos del Fogasa, el único consuelo para muchos despedidos por empresas que se declaraban en quiebra?
Hay que destacar que también se han tomado numerosas medidas para modificar la jornada de trabajo, el horario y el sistema de rendimiento. Con el supuesto objetivo de evitar el despido, se simplifican los trámites para reducir la jornada de trabajo o suspender el contrato como mecanismo de ajuste ante situaciones de disminución de la demanda. Se elimina la autorización administrativa necesaria para llevar a cabo los despidos por causas objetivas, lo que ahorrará los salarios de tramitación y muchos gastos a las empresas.
Soraya ha destacado que esto nos sitúa en línea con Europa, ya que sólo conservábamos estos vestigios anacrónicos los griegos y nosotros.
Lo más importante, y lo que, sin lugar a dudas, va a poner los pelos de punta a los sindicatos, es el tema de la facilitación del 'descuelgue' de los convenios. Los convenios colectivos valen ya menos que el envoltorio de una magdalena.
Se introduce la prioridad de los convenios de empresa, de forma que, independientemente de lo que se pacte a nivel superior, los representantes de los trabajadores y el empresario pueden consensuar un convenio de empresa que se adapte a sus necesidades y particularidades. Este acuerdo tendrá prioridad sobre cualquier otro. Se facilita a las empresas en dificultades la no aplicación del convenio de ámbito superior, lo que vulgarmente se llama descuelgue: en caso de que no exista acuerdo, las partes irán a la solución extrajudicial de conflictos y, en su caso, al arbitraje si lo han pactado en el convenio colectivo.
De no ser así, cualquiera de las partes podrá elevar el desacuerdo a la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos nacional o sus equivalentes autonómicos, que nombrará un árbitro que resolverá en un máximo de veinticinco días. Una solución ventajosa para la empresa.
Para favorecer la negociación y la consecución de los acuerdos, las partes deberán negociar un nuevo convenio en el plazo máximo de dos años. A partir de esa fecha, el convenio ya no estará vigente, por lo que se pone fin a la ultractividad indefinida de los convenios.
La reforma pretende hacer aflorar la economía sumergida. Se perseguirá el fraude en las prestaciones del desempleo, se intentará evitar el absentismo laboral injustificado en colaboración con las Mutuas y se creará un Plan especial del Trabajo y Seguridad Social. Se impulsará que los desempleados que estén cobrando la prestación realicen servicios de interés general en beneficio de la comunidad, a través de convenios de colaboración con las Administraciones públicas.
La ministra Báñez no lo ha explicado muy bien, porque el tema quemaba, pero también pretende convertir a las ETTs, responsables de la precarización del empleo en España desde hace una década, en colaboradores de la administración para crear empleo.
Según la ministra, que piensa contar con las aportaciones de la oposición y otros grupos parlamentarios para el desarrollo de la Ley en el Parlamento a pesar de su condición de decreto, con las nuevas normas se clarifican las causas del despido para evitar la excesiva judicialización del mismo en nuestro país.
La ley abre la posibilidad de que los organismos y entidades que forman parte del sector público invoquen causas económicas, técnicas, organizativas y de producción. Esta medida pretende facilitar el redimensionamiento de aquellas estructuras administrativas que crecieron desmesuradamente durante la fase de fuerte crecimiento económico y que no son sostenibles desde un punto de vista financiero en el momento actual, ni existe una previsión de que lo sean en los próximos años.
Para ayudar a las empresas en situaciones económicas adversas, se establece una bonificación del 50% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social de los trabajadores afectados por la suspensión o reducción de jornada, con una duración de 240 días máximo y condicionada a la estabilidad en el empleo (al menos, un año).
El decreto ley crea un nuevo Contrato indefinido de apoyo a los emprendedores. Se trata de un nuevo contrato indefinido para Pymes y Autónomos (empresas de hasta cincuenta trabajadores) con un periodo de prueba de un año. La empresa tendrá derecho a una deducción en su cuenta fiscal de tres mil euros cuando contrate a su primer trabajador, siempre que tenga menos de treinta años.
Los emprendedores que contraten a un trabajador en paro podrán deducirse fiscalmente el 50% de la prestación por desempleo que viniera cobrando el trabajador durante un año. Por su parte, el trabajador podrá voluntariamente percibir, junto con su sueldo, el 25% de la prestación por desempleo durante el mismo periodo.
El problema es que muchos trabajadores cualificados han agotado ya su paro, y la mayoría de los jóvenes no han tenido nunca a la prestación. La ley, suena muy bien, pero si se escucha con claridad, tiene algún que otro gallo de lo más áspero. Raspa…
Sara Olivo
sara@hispanidad.com