El juez da la razón a la compañía en el despido de un piloto que se negó a llevar a cabo los servicios asignados estando en imaginaria

 

-Además, ha despedido a un cuarto por la misma razón: rechazar los servicios asignados estando en situación de imaginaria.

La compañía Iberia recibió este miércoles, 7 de marzo, la Sentencia del Juzgado de lo Social número 4 de Madrid, dictada el pasado 23 de febrero de 2012, en la que el juez confirma la sanción impuesta por Iberia a uno de sus pilotos que se negó a realizar los servicios que se le asignaron encontrándose en situación de imaginaria.

La noticia se ha dado a conocer en un momento especialmente sensible, cuando el colectivo, representado por el SEPLA, abordará una huelga salvaje que puede destrozar aún más la economía de nuestro país por el grave daño que infringirá al turismo. La situación es muy complicada, muchos pilotos se están deprimiendo precisamente en los días previos a la huelga. Por supuesto, de baja médica no trabajarán y cobrarán su sueldo.

La sentencia declara que las asignaciones de servicios que la empresa ordenó realizar al piloto y que éste rehusó realizar bajo el pretexto de que contravenían el convenio colectivo, fueron absolutamente legales y acordes con la normativa vigente. Según el convenio, señala la sentencia, el piloto en situación de imaginaria debe estar a disposición de la empresa, que le puede asignar la actividad aérea que proceda. Dicho piloto fue sancionado a 15 días de empleo y sueldo, sanción que los tribunales han considerado procedente.

La compañía comunicó este miércoles a uno de los pilotos expedientados su despido disciplinario por la comisión de una infracción muy grave de sus obligaciones como empleado de esta compañía, de conformidad con lo establecido en el artículo 54.2 b) y d) del Estatuto de los Trabajadores, y el artículo 172.22 del Convenio Colectivo. Dicho piloto se negó a aceptar los servicios asignados (en este caso, el servicio de imaginaria) cuando se encontraba en periodo de incidencias (mes en el que los pilotos no tienen programado ningún vuelo pero están a disposición de la compañía para una eventual asignación de servicios).

En los dos procedimientos judiciales celebrados hasta ahora por temas semejantes, la negativa de pilotos a aceptar los servicios asignados en periodo de incidencias, la justicia ha dado la razón a Iberia, estableciendo que las instrucciones dadas por la compañía han sido acordes con la legislación vigente y con el convenio colectivo.

Miriam Prat

miriam@hispanidad.com