En diciembre de 2007, los servicios de inspección de la Comunidad de Madrid decidieron clausurar el abortorio Mayrit ante el cúmulo de irregularidades encontradas.
Posteriormente, las autoridades de la Comunidad de Madrid, decidieron informar al juez por si dichas irregularidades pusieran ser constitutivas de delito. Eran las diligencias previas 636/2007 que se siguieron en el jugado nº8 de Madrid. En dichas diligencias se informaba que el centro disponía de varios informes psiquiátricos firmados para rellenar el nombre de la madre. Un fraude de ley en toda regla. Sin embargo, según publicó Hispanidad, el juzgado consideró la inexistencia de indicios de delito y decidió el pasado mes de junio archivar la causa.
No obstante, como consecuencia del cierre administrativo, la sociedad mercantil se disolvió. La noticia ahora es que el centro abortista ha vuelto a abrir con la misma marca en el mismo sitio. Por supuesto, se trata de una mercantil nueva con NIF nuevo y distinto. Pero no hay duda de que en términos jurídicos se trata de una continuidad de negocio manifiesta y que por tanto la nueva sociedad con personalidad jurídica distinta es heredera de todas las contingencias jurídicas (judiciales, mercantiles y fiscales) que la antigua sociedad.