• Y ahora, el presidente de la CNMV juega al escándalo que supone que el Gobierno lleve al supervisor ante los tribunales.
  • Porque la CNMV debe ser independiente de injerencias políticas, pero nunca puede serlo de la Ley.
  • Y el artículo 26.2 del RD 1066/2007 lo deja bien claro: "La CNMV no autorizará la oferta hasta que no se le acredite la obtención de la correspondiente autorización".
  • Por cierto, aunque fuera discutible que Fomento y Energía tuvieran que dar su visto bueno previo a Atlantia, les corresponde a ellos y no a la CNMV decidir si era necesaria dicha autorización.
Sebastián Albella (en la imagen) está jugando al escándalo que supone que el Gobierno del Reino de España lleve a la CNMV ante los tribunales. No es cosa de risa, ni mucho menos, y dañaría enormemente la imagen de nuestro país en el exterior. Estamos hablando de la OPA de Atlantia sobre Abertis. ¿La CMNV tenía que haber esperado al visto bueno de Fomento y Energía antes de aprobar la oferta? El presidente de la CNMV no se baja del burro y el miércoles, durante la presentación del Plan de Actividades de 2018, insistió en que el supervisor actuó "correctamente" al conceder la autorización sin el visto bueno previo del Gobierno. "En la contestación a los requerimientos hicimos presentes nuestros argumentos. Tengo la confianza de que esos argumentos y las explicaciones dadas surtan efecto y no haya finalmente ninguna acción legal", señaló. Pero el artículo 26.2 del RD 1006/2007 lo deja bien claro: "Cuando la oferta pública de adquisición requiera de la autorización o no oposición de cualquier otro organismo o notificación previa de la operación a otro organismo, podrá presentarse la solicitud de autorización de la oferta sin haber solicitado ni obtenido la autorización, no oposición o simple notificación. No obstante, la Comisión Nacional del Mercado de Valores no autorizará la oferta hasta que no se le acredite la obtención de la correspondiente autorización, no oposición o siempre notificación, salvo que hayan transcurrido los plazos para entender que la autorización se ha concedido por silencio administrativo". Blanco y en botella. Por cierto, aunque fuera discutible que Fomento y Energía tuvieran que dar el visto bueno previo a Atlantia, la ley establece que les corresponde a ellos, y no la CNMV, decidir si era necesaria o no dicha autorización. Por si todo lo anterior no fuera suficiente, la actitud de Albella choca frontalmente con el artículo 8 de los Estatutos de Hispasat y con el acuerdo del Consejo de Ministros del 11 de julio de 1997, que dice textualmente: "Las acciones de la compañía serán nominativas y todos los actos y negocios jurídicos que impliquen su enajenación, gravamen o alteración en la composición accionarial, deberán ser autorizados por el Consejo de Ministros". Y esto es importante porque Hispasat afecta de pleno a la defensa nacional. Me dirán que los italianos ya anunciaron que los satélites no les interesaban para nada. Da igual: en el momento de lanzar la OPA, la compañía era (y sigue siendo) filial de Abertis. El Gobierno tiene razón; Albella, no. Y ojo, porque el presidente de la CNMV ha presentado el conflicto como si él fuera el baluarte de la independencia que lucha contra las injerencias políticas. Pero no es así. Cierto es que la CNMV debe ser independiente del poder político. Eso no lo discute nadie. Ahora bien, no puede ser, bajo ningún concepto, independiente de la Ley. Pablo Ferrer pablo@hispanidad.com