El 13 de julio una corte federal en Estados Unidos declaró inconstitucional la ley del estado de Georgia que prohíbe el aborto cuando se detecta los latidos del corazón del no nacido. El fallo se dio tras una demanda presentada en 2019 por parte de proveedores de aborto en Georgia y un grupo defensor de esta práctica.

Según publica aciprensa, “La Corte Suprema ha sostenido repetida e inequívocamente que bajo ninguna circunstancia un estado puede prohibir o vetar el aborto en cualquier punto previo a la viabilidad”, indicó el juez Steve Jones en su fallo. “Por lo tanto esta corte no tiene otra opción más que declarar la ley inconstitucional”.

El fallo no sorprende. Los provida esperaban que con la ley de Georgia se pudiera desafiar la constitucionalidad del fallo Roe vs Wade de 1973 de la Corte Suprema de Estados Unidos.

El gobernador de Georgia, Brian Kemp, dijo el viernes que el estado apelará el fallo, lo que podría hacer que el caso llegue a la Corte Suprema. “Georgia valora la vida y seguiremos luchando por los derechos de los no nacidos”, dijo el gobernador en una declaración el 13 de julio.

En mayo de 2019 Kemp firmó la ley Living Infants Fairness and Equality (Justicia e Igualdad para los infantes vivos - LIFE). La norma señala que “toda vida tiene valor, toda vida importa y toda vida vale la pena ser protegida”.

La norma fue bloqueada por un juez mediante una orden temporal antes de que entrara en vigor. El aborto es legal en Georgia hasta las 20 semanas de gestación.

Es la segunda ley provida que anula el tribunal supremo de EE.UU. A finales de junio, informa Religión en Libertad, el Tribunal Supremo de Estados Unidos anuló por inconstitucional, una ley provida del estado de Louisiana. El resultado fue de 5 votos contra 4. El juez John Roberts, nombrado por George Bush hijo, decantó la balanza con su decisivo voto a favor de los demandantes, un pull de abortorios.

Lo llamativo del caso es que el mismo Roberts, en un caso idéntico de 2016 respecto a una ley provida de Texas que también fue anulada, votó provida, esto es, por la constitucionalidad, dándose la circunstancia de que entonces su voto era irrelevante porque la victoria abortista se produjo por 6-3.

De este modo, Roberts decantó al Tribunal Supremo en un caso que, más allá de sus complejidades jurídicas específicas, se consideraba un termómetro para una eventual re-consideración de la sentencia Roe vs Wade que en 1973 legalizó el aborto.