Como saben, el Gobierno está empeñado en asfixiar (pago del IBI) y, de paso, robar a la Iglesia (lista de inmatriculaciones que prepara). Pero este martes ha recibido un aviso en relación a la Mezquita-Catedral de Córdoba, cuya inmatriculación es legal: si recurre a los tribunales, perdería.

Lo dicen expertos en Derecho, liderados por el presidente de Foro Europa Ciudadana y profesor de la Universidad Complutense de Madrid, José Carlos Cano, en el libro ‘La libertad religiosa en la Unión Europea: el caso de la Mezquita-Catedral de Córdoba'. “El proceso de inmatriculación ha sido impoluto”, ha afirmado, al realizarse de acuerdo a la Ley Hipotecaria y al reglamento hipotecario de 1998. Con esta normativa, la Iglesia católica pudo inscribir sus templos, algo que hasta ese momento no podía hacer, pero el resto de cultos sí.

La inmatriculación solo da publicidad a un bien que ya se posee: la Iglesia es dueña de este templo desde 1236 

Cano ha subrayado que sobre la inmatriculación se están vertiendo muchas falsedades desde los partidos, pero “no tiene carácter constitutivo, sino declarativo, es decir, otorga publicidad sobre la propiedad, pero no otorga la propiedad. Por tanto, la Iglesia no se apropió de la Mezquita-Catedral de Córdoba con la inmatriculación: el Cabildo de la Catedral de Córdoba lo único que hizo fue dar publicidad a través del registro a un bien que ya poseía desde hace casi 800 años (en concreto, desde 1236 cuando el rey Fernando III el Santo donó la mezquita musulmana -construida sobre una antigua iglesia visigoda dedicada a San Vicente mártir- tras la Reconquista, según el Fuero Juzgo que le permitía hacer donaciones de los bienes conquistados). Claro que con 30 años de titularidad ya hubiera sido suficiente, según la Ley Hipotecaria.

El presidente de Foro Europa Ciudadana está convencido de que este inmueble, que además es Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO, estará en la lista de bienes inmatriculados que prepara el Gobierno. A pesar de que “hay argumentos jurídicos para sostener la legalidad de la inmatriculación” y es más, si eventualmente se declarase su nulidad, la propiedad de la Iglesia subsistiría. Según Cano, los que “reclaman la expropiación de este monumento a la Iglesia no solo ofrecen argumentos sin base jurídica alguna, sino que ataca uno de los principios fundacionales de la Unión Europea como es la libertad religiosa, ya que cualquier comunidad religiosa tiene derecho a tener un lugar donde profesar su fe”.

Reclamar la expropiación de la Mezquita-Catedral de Córdoba supone un ataque a la libertad religiosa 

Paralelamente, este martes, el obispo de Córdoba, monseñor Demetrio Fernández, ha entregado documentación sobre la propiedad de la Mezquita-Catedral de Córdoba al cardenal Pietro Parolin, secretario de Estado del Vaticano. En concreto, el título de donación del rey Fernando III el Santo y recientes sentencias de tribunales españoles. Por ejemplo, en junio de 2015, el Juzgado de Instrucción número 6 de Córdoba confirmó quer era propiedad de la Iglesia católica.