El Tribunal Supremo absuelve a un preso condenado por amenazar a su exmujer. El hijo declaró que su padre le había confesado querer vengarse de su expareja. Según su testimonio, el progenitor afirmó que ella "iba a ser un número más en las noticias de la tele por otra mujer muerta" y que "había conocido en prisión gente muy chunga y que la podían liquidar con lo que tendría que esconderse cuando él saliera de prisión".

La acusación desembocó en tres años de prisión, privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante cinco años, además de la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 200 metros o comunicarse con ella por cualquier medio durante cinco años. Por su parte, el padre recurrió al Supremo alegando que su versión era contradictoria a la del hijo, a quien denunció por falso testimonio.

Finalmente, se suspende la pena al demostrarse que el niño había "faltado a la verdad en el juicio, por la entonces existente ruptura familiar". El joven pidió perdón a su padre y ha aceptado realizar servicios en Cruz Roja. Asimismo, y parar subsanar la situación, la Sala justifica su decisión recordando que el artículo 954.1.a) de la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite revisar una sentencia firme cuando ésta se ha fundamentado en un "testimonio declarado después falso".