• Advierte y recuerda a las audiencias provinciales que es el banco el que tiene que tomar la iniciativa a la hora de informar al cliente.
  • El TS aclara que ya hay 28 sentencias en las que anula los swaps por no señalar adecuadamente los riesgos.
  • Y ojo, porque los bancos también tienen la obligación de informar de las previsiones de evolución de los tipos de interés.
El Tribunal Supremo se ha cansado de repetir siempre lo mismo. Por eso, aprovechó el fallo de 30 de marzo de la Sala Civil para recordar "la jurisdicción reiterada y constante" del Supremo en relación a los swaps. Según Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, el despacho que ha dirigido el recurso de casación que ha provocado esta sentencia, "da la sensación de que el Alto Tribunal está cansado de repetir siempre lo mismo sin que las audiencias provinciales parezcan querer escuchar". Lo cierto es que el TS cita hasta 28 sentencias en las que anula los swaps por no informar adecuadamente de los riesgos. El Tribunal recuerda que es el banco quien debe informar sin esperar que el cliente tome al iniciativa, entre otras razones, porque el cliente "no puede saber qué información ha de requerir", señala el Supremo. Y ojo, porque también recuerda que las entidades están obligadas a informar de las previsiones de evolución de los tipos de interés. Unas previsiones que tienen y utilizan todos los bancos del mundo. Pablo Ferrer pablo@hispanidad.com