Sr. Director: El caso del farmacéutico sevillano, al que la sentencia del Tribunal Constitucional avala la objeción de conciencia para no dispensar la "píldora del día después", además de que es un triunfo de la razón y del Estado de Derecho, marca un antes y un después en la protección de uno de los derechos básicos en las sociedades libres y democráticas.
La sentencia confirma que el derecho a la objeción de conciencia de los médicos puede hacerse extensible a los farmacéuticos en casos como el de la píldora postcoital, por la propia naturaleza de este producto, y que este derecho no lesiona el derecho de la mujer a su salud sexual. Como han reconocido diversas asociaciones, esta sentencia viene a acabar con la sensación de indefensión ante determinadas políticas de salud que convertían a los farmacéuticos en simples y mecánicos dispensadores. Juan García