Sr. Director:

En coincidencia con el Concilio, en los Acuerdos entre España y la Santa Sede de hace 40 años, se reconocía la libertad religiosa como derecho fundamental. Un derecho que va más allá de la libertad de culto e implica, por ejemplo, la posibilidad de que los niños reciban enseñanza en la escuela conforme a las convicciones religiosas de sus padres o la asistencia espiritual a los militares y a la población reclusa o enferma en los hospitales. Son acuerdos similares a los que la Santa Sede ha suscrito con la mayoría de países democráticos, y que hacen operativo el derecho a la libertad religiosa en lo que respecta a los católicos, un derecho que por una vía u otra cualquier democracia estaría igualmente obligada a promover. De modo análogo, España ha firmado acuerdos con otras confesiones, atendiendo a las especificidades de la comunidad religiosa respectiva. Son instrumentos que se han demostrado su utilidad pese a que no falte quien, por motivos ideológicos, insista en pedir su derogación. En estos momentos está en peligro el derecho de los padres a la educación de sus hijos y la posibilidad de que los niños reciban enseñanza en la escuela conforme a las convicciones religiosas de sus padres