Sr. Director: Ahora que se están acabando la vacaciones y estamos preparando el inicio del nuevo curso escolar me parece conveniente recordar un cosa que fue noticia al acabar el curso anterior. Decía un titular "El Supremo falla a favor de la financiación pública de la educación diferenciada por sexo". El Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por la Junta de Andalucía contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia andaluz (TSJA) -extensiva a los otros colegios en esta situación, cuyos fallos irán dándose a conocer en los próximos días- de anular, por no ser conforme con el ordenamiento jurídico, la resolución autonómica que denegaba el convenio al colegio de Sevilla 'Altair'. La sentencia, ha trascendido sólo un día después de que la Consejería de Educación andaluza incluyera en boletín oficial el rechazo definitivo a reconocer el concierto a los niveles de acceso de estos centros para el curso 2017-18, manteniendo, no obstante, el convenio para los superiores. En la resolución denegatoria original, la Junta estimaba que 'Altair' infringía el artículo 14 de la Constitución en cuanto a la discriminación por razón de sexo, la Ley Orgánica de Educación (LOE), la Convención de la Unesco y la ley para la promoción de la igualdad de género en Andalucía. Jesús Mez