Sr. Director: Una de las  dos cuestiones que suelen suscitarse en torno a este modelo, educación diferenciada. Se desprende que la reciente decisión, hace dos meses, de la Junta de Andalucía de no conceder nuevos conciertos a centros de educación diferenciada resulta jurídicamente injustificable. Recordemos que la concesión de concierto es un acto reglado, no discrecional (mientras no se demuestre con firme seriedad que no hay presupuesto, cosa que no parece que sea el caso). Por tanto, no habiendo motivo para denegarlo, deberá concederlo. Obrar en sentido contrario supondría un claro recorte de la oferta educativa, con la consiguiente lesión de la libertad de enseñanza de los padres y de los titulares de los centros. A pesar de ello la Junta de Andalucía de no los concedió. Hace dos días el Tribunal Supremo ha fallado a favor de la educación diferenciada en Andalucía y reconoce su derecho al concierto. Jesús Martínez