Medidas LGTBI que se pretendían aplicar en 2020 en los centros educativos de la comunidad de Castilla y León, resumidas en un «protocolo de atención educativa y acompañamiento al alumnado en situación de transexualidad y alumnado con expresión de género no normativa». ¿En qué consiste? Pues, por ejemplo, medidas destinadas a garantizar «centros seguros libres de acoso, agresión o discriminación», así como a detectar de manera temprana actitudes que supongan discriminación o prejuicio.

Además, se recomiendan algunas actuaciones en los propios centros como la existencia de baños mixtos o la garantía de que el alumno tiene plena libertad en el uso de la indumentaria con la que se sienta más identificado. Sobre los baños mixtos, tengo una duda: ¿cómo serán los retretes? Recuerden ue los urinarios de lso niños no son utilizables por las niñas... lo que implica una discriminación. 

Se incorporan también actuaciones en materia de sensibilización y concienciación para lograr el «reconocimiento y normalización de la identidad de género o comportamiento de género no normativo». O sea, un ejército de psicólogos al servicio de los alumnos, para su sensibilización con la causa. ¡Pobres niños! Es en este punto donde los demandantes hacen especial hincapié al denunciar que de esta forma se introduce en los centros educativos una ideología de género con la que no están de acuerdo.

Abogados Cristianos ha presentado una demanda contra el departamento de educación de la comunidad que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha admitido a trámite.