Controversia y publicidad son dos conceptos que siempre van juntos y aquí tenemos un nuevo ejemplo: el Ayuntamiento de Madrid puso en marcha una campaña con la que se apoyaba el emprendimiento bajo el lema "Si piensas que puedes podrás". Un 'claim' que a muchos les ha recordado al popular "Sí se puede" utilizado por Unidos Podemos y que ha provocado la prohibición de la campaña publicitaria. Un trabajo que había sido diseñado por la Dirección General de Comercio y Emprendimiento del Ayuntamiento de Madrid, que se encuentra a las órdenes de Manuela Carmena (Ahora Madrid). La decisión sobre la que se apoya la retirada de la campaña está basada en el artículo 50 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. Dentro de la misma y, según queda recogido en su artículo 2º, se afirma que: "desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones". Esta no es la única prohibición que presenta la Junta Electoral Provincial de Madrid. También han sido sancionada la presentación del proyecto Mahou-Calderón, el anuncio de la rebaja del IBI y la presentación del plan Madrid Recupera. En un caso similar ocurrido el año pasado, este organismo ya obligó a TV3 a retirar el logotipo de su campaña de verano Junts por considerar que se asemejaba demasiado a la de la candidatura soberanista Junts pel sí, que se presentó a las pasadas elecciones catalanas. Otro ejemplo fue en 2011, cuando la Junta Electoral censuró un cartel del Partido Popular con el lema 5 millones de parados y que utilizaba símbolos, colores y tipografía que se identificaban con el PSOE. No todo vale para conseguir apoyos para un determinado proyecto. Es necesario respetar las reglas establecidas por las diversas leyes. En este caso, lo previsto en la normativa de la Junta Electoral Provincial de Madrid. Suelo repetir con frecuencia que el fin nunca puede justificar los medios. Clemente Ferrer clementeferrer@clementeferrer.com