Declara que la prohibición constitucional irlandesa de abortar no viola la Convención Europea de Derechos Humanos. Pero Irlanda deberá pagar a una mujer por no permitirle abortar en el país
La noticia es una clara muestra de las contradicciones que muestra en ocasiones el derecho y la justicia. La semana pasada Irlanda fue condenada a indemnizar a una mujer que tuvo que viajar al Reino Unido para abortar porque no podía hacerlo en Irlanda.
Pese a que la resolución obligaba a pagarle 15.000 euros, el Tribunal al menos no reconoció el aborto como un derecho universal, sino que reconoció el derecho a la vida del no nacido como un derecho legítimo. Al menos, con esta sentencia, se puede crear jurisprudencia para futuros casos y de esa manera impedir que el amplio consenso pro-aborto en la legislación europea vaya creando una obligación cada vez mayor en el tema.
Lo más doloroso es que algunos derechos, como el de decidir que se defiende desde muchos organismos, esté por encima del derecho a la vida de otras personas. Si seguimos por esa línea nada nos separa ya de proteger unos derechos menores por otros mayores, simplemente porque los primeros nos interesan más.
Juan María Piñero
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