La ministra de Economía establece las obligaciones de seguimiento

 

La Ley de Coeficientes estableció en su día que las entidades de crédito y las empresas de servicios de inversión solo pueden invertir en activos procedentes de titulizaciones en las que el originador retenga una parte de estos activos y evalúe adecuadamente los riesgos derivados de los mismos. Se trataba así de evitar que el originador trasladara completamente el riesgo a la entidad.
El Real Decreto aprobado este viernes por el consejo de ministros desarrolla las condiciones de inversión en posiciones de titulización; las obligaciones de seguimiento e información de las empresas inversoras en este tipo de activos; las obligaciones de las entidades originadoras o patrocinadoras de titulizaciones, y las sanciones en caso de incumplimiento.
Mariano Tomás
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