• La directiva sobre fiscalidad del ahorro permite también el embargo público de las cuentas, práctica habitual en nuestro país.
  • España deja de ser el más tonto de la clase, o el más listo, dependiendo de quién lo mire.
  • Aquí, hasta las multas de tráfico son motivo de embargo, en aras de la solidaridad institucional.
  • El comisario europeo de Fiscalidad asegura que "los días del secreto bancario han terminado".
  • La directiva estaba bloqueada desde 2008 por Austria y Luxemburgo, los dos únicos países que mantienen el secreto bancario.

Los países de la UE han aprobado formalmente este lunes, sin discusión, la directiva sobre fiscalidad del ahorro, algo que España llevaba aplicado desde hace lustros. La directiva estaba bloqueada desde 2008, por la negativa Austria y Luxemburgo, los dos únicos Estados miembros que mantienen el secreto bancario. Finalmente levantaron su veto en el Consejo Europeo del 20 y 21 de marzo.

España ha sido, en efecto, pionero en lo que implica esa directiva. Para algunos países, era el más tonto de la clase, por aquello de desterrar malas prácticas en aras de la transparencia. Para otros -como todo depende desde donde se mire, desde el profesor o desde el alumno-, el más listo: era cuestión de tiempo que se impusieran nuevas prácticas a favor de la transparencia, evitando desequilibrios entre países miembros de la UE.

El comisario de Fiscalidad, Algirdas Semeta (en la imagen), ha señalado este martes que el objetivo del acuerdo es reforzar el combate contra el fraude y la evasión fiscal y, ha añadido, más contundente, "los días del secreto bancario y de la falta de transparencia tributaria han terminado".

Para España, por tanto, no implica ninguna novedad. El secreto bancario dejó de existir hace años, queda constancia de cualquier movimiento bancario de 1.000 euros -o sea, que ojito con blanquear- y la Seguridad Social y Hacienda tiene una capacidad inmediata para embargar cuentas por impagos o por infracciones. No sólo eso. En aras de la solidaridad institucional, hasta las multas de tráfico son motivo para embargar una cuenta por una multa de tráfico, como ocurre todos los días. En definitiva, es muy difícil escapar.

Todo eso es lo que se va a generaliza en Europa a partir de ahora. Los Estados miembros disponen ahora de un plazo de casi dos años, hasta el 1 de enero de 2016, para incorporar la directiva a sus respectivas legislaciones nacionales.

El comisario de Fiscalidad, ha sostenido que la nueva norma "cerrará las lagunas que aprovechan los evasores" y será parte de la estructura legislativa de la Unión para incorporar el nuevo estándar internacional de intercambio automático de información fiscal que está desarrollando la OCDE.

Hay un problema pendiente: que ese intercambio automático de información sea efectivo con Suiza, San Marino, Andorra y Liechtenstein. A este respecto, Algirdas Semeta insistió en su compromiso de cerrar un acuerdo antes de fin de año. Fue una de las condiciones para que Luxemburgo y Austria dieron el visto bueno para evitar que el dinero, su dinero, se fuera a esos países.

Los Estados miembros estarán obligados a enviar información sobre los intereses que se pagan a las cuentas bancarias de los no residentes a las autoridades fiscales del país de procedencia. Y si Luxemburgo y Austria quieren preservar el secreto bancario se les aplicará una retención en origen de hasta el 35% y deberán enviar una parte al país de procedencia de los ahorradores.

Bruselas está convencida, no obstante, de que no será fácil para las personas físicas escapar a la norma recurriendo a estructuras interpuestas, como algunas fundaciones, cuyos ingresos no están gravados. La nueva directiva se aplicará también a estas estructuras interpuestas y no cubre sólo los ahorros sino también otros instrumentos como seguros o fondos de inversión.

Mariano Tomás

mariano@hispanidad.com