La Audiencia Nacional echa por tierra la tarifa del canon por considerar que la orden ministerial está afectada de "vicio radical"
El Gobierno deberá estudiar ahora cómo sustituirlo. Pese a la sentencia, no tiene efecto retroactivo

Nuevo varapalo al Gobierno con motivo del canon digital. Si hace unos meses era el Tribunal de Justicia Europeo el que sentenciaba que la tasa era un abuso que sólo se puede aplicar a particulares y no a personas jurídicas, y más tarde la Audiencia Provincial de Barcelona absolvía a una empresa demandada por la SGAE, ahora ha sido la Audiencia Nacional la que ha dictaminado en contra de la tarifa del canon digital.

Según la Sala de lo Contencioso-Administrativo, la orden ministerial que regula la tasa estaba viciada de raíz ya que no podía establecerse a través de una orden, sino que era un reglamento y por lo tanto precisaba de unos requisitos que no se cumplieron.

De esta manera, los magistrados han tomado esta decisión estimando el recurso presentado por la Asociación de Internautas. Sin embargo, pese a anular la normativa que regula el canon digital, la sentencia no tendrá carácter retroactivo, por lo que no se devolverá lo recaudado por el canon por falta de competencia. Parece que el negocio de los miembros de la SGAE se tambalea, aunque encontrarán algún resquicio para seguir aprovechando su privilegiada posición. La ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde, lo ha dejado claro al afirmar que "habrá que subsanar el error y empezar de cero". Además, ahora ya saben lo que tienen que hacer: realizar correctamente el reglamento y ponerlo en marcha.

Andrés Velázquez
andres@hispanidad.com