El fallo no tiene carácter retroactivo, es decir, no se devolverán a los hipotecados las cantidades pagadas hasta ahora

El pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo (TS) ha declarado la nulidad de las cláusulas suelo en las hipotecas en los casos que se produzca una falta de transparencia.

La cláusula, denominada como suelo, es el porcentaje más bajo al que se puede pagar un préstamo al margen de la cotización del euribor. Muchos beneficiarios de hipotecas se han llevado terribles sorpresas al olvidar que la habían firmado cuando esperaban una rebaja mayor al disminuir el euribor.

La sentencia del Supremo no tiene efecto retroactivo. No supondrá la devolución de las cantidades que ya han sido pagadas los deudores hipotecarios. El fallo, que sienta jurisprudencia, ha estimado parcialmente un recurso de casación pesentado por Ausbanc contra una sentencia de la audiencia de Sevilla dictada a favor del BBVA que avalaba este tipo de cláusulas en los contratos hipotecarios.

Mariano Tomás
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