En concreto, por el incumplimiento de los requisitos de contratación y apoderamiento con los clientes. La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha sancionado a Endesa Energía, S.A.U. con 30.000 euros como responsable de una infracción leve de las tipificadas en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, según ha informado el organismo regulador. La CNMC recibió la denuncia de un consumidor, a través de la Asociación de Consumidores FACUA-Consumidores en Acción, que reclamaba que le habían cambiado de compañía eléctrica (comercializador de electricidad) sin su consentimiento. La CNMC procedió a la apertura de un periodo de información previa y, posteriormente, inició un expediente sancionador contra Endesa Energía, S.A.U. por cometer una infracción administrativa de carácter leve de las previstas en el artículo 66.4 de la mencionada Ley. En concreto, por el incumplimiento de los requisitos de contratación y apoderamiento con los clientes. La CNMC ha acreditado que Endesa Energía, S.A.U. no ha respetado el procedimiento que deben seguir las comercializadoras de electricidad para contratar con un nuevo cliente ni tampoco ha contado con su consentimiento. Esta no es la primera vez que la CNMC sanciona a empresas del sector energético por prácticas similares. En 2017 multó a cuatro comercializadoras de electricidad y Gas Natural (Endesa Energía, S.A.U., Iberdrola Clientes, S.A.U., Gas Natural Servicios, SDG, S.A. y Viesgo Energía, S.L.) con un total de 155.000 euros. Andrés Velázquez andres@hispanidad.com