El Santander, y la banca en general, está preocupada con la sentencia del Tribunal Supremo del otro día a propósito de unos swaps contratados por unas compañías de energías renovables. En concreto, esas que explotan los llamados huertos solares.

Ya saben lo que es un swap o permuta financiera: una operación por la que el banco le devuelve a usted los intereses a tipo variable que produce un préstamo que le tiene concedido a cambio de que usted le pague los intereses a tipo fijo. De ese modo, usted reconvierte una operación de financiación a tipo variable en otra a tipo fijo.

¿Y por qué no se endeuda directamente a tipo fijo? Pues mire porque el swap lo puede contratar usted por el tiempo que quiera, no necesariamente toda la vida del préstamo, y en el momento que quiera, es decir: cuando tema que los tipos vayan a subir durante los próximos años. Visto así, y con los tipos tan bajos que hay ahora, a lo mejor es buena idea contratarlo en breve y para los próximos años, antes de que los tipos comiencen a subir. Pero no vaya a pedirlo porque no va a haber banco que se lo ofrezca tras esta sentencia.

El fallo defiende a los suscriptores de permutas financieras, pero no está claro que lo haga con sentido común

Ya se le dio a esta operación una lanzada de muerte, al menos para su colocación entre particulares, hace cinco años, con otra sentencia del Supremo. En aquella ocasión, los tribunales ordinarios ya venían dando la razón mayoritariamente a los particulares. Los tipos, tras las contrataciones de los swaps, comenzaron a caer y algunos vieron aquí la capacidad de la banca de conocer el futuro, que no debe ser muy buena a la vista de lo que sufrió durante la crisis, pero eso es lo mismo.

Los clientes se encontraron pagando durante tres o cuatro años, no tenían más plazo estas operaciones, sus hipotecas a tipos fijos en el entorno del 5-6%, cuando los tipos ya se habían hundido tras la crisis del 2008 hasta el 1,5%. Así que el Alto Tribunal sentenció que todo era una engañifa y tocó pagar. A nadie le importó que hubiera una normativa de finales de 2003 que forzaba a las entidades a ofrecer el producto a los deudores hipotecarios a tipo variable ante el temor del Gobierno a que subieran los tipos y la morosidad cayese. Tampoco le importó a nadie que el Banco de España recomendase a las entidades la incorporación de la cláusula suelo cuando los tipos comenzaron a caer. Tampoco nadie parece quejarse del importe mínimo que supone la bajada de bandera del taxi o el consumo mínimo que te tarifican las eléctricas y las telefónicas. Pero oiga, la banca no, la banca no puede hacer eso aunque tenga una gran capacidad instalada, con sus correspondientes costes, para prestar un servicio que también depende del volumen para facturar, como el taxi, la electricidad o la telefonía. Delenda est la banca.

Si los clientes de permutas pensaron que era un seguro, ¿no se extrañaron de que no les cobrarán prima?

Hasta ahora los fallos contra la banca por la comercialización de determinados productos parece que iban sesgados en función del perfil del cliente. Así, las demandas de las empresas y los grandes patrimonios necesitaban argumentar mejor sus pretensiones para obtener una sentencia favorable. La sentencia de la semana pasada del Tribunal Supremo declara nulos unos swaps contratados con unos huertos solares porque dice que eran empresas de reciente constitución y que no se les advertía del riesgo que suponían si bajaban los tipos de interés. Y en España parece que hay cerca de 20.000 operaciones celebradas con estas características.

Y digo yo: ¿qué más nos da que las empresas fueran de reciente constitución?, ¿no las dirigían empresarios con experiencia previa? y si no sabían por inexperiencia, ¿por qué se metieron a empresarios?, ¿y no eran capaces de entender que si los tipos bajaban perdían esa oportunidad?, ¿o sólo entendían que les cubría de las subidas?, ¡Qué chollo! Porque si, como decían los demandantes, creían que eran contratos de seguro que les protegían de las subidas ¿no les extrañó que no les cobraran una prima? Un despropósito.

En cualquier caso, cuando el Estado se empeña en salvar a la banca, los banqueros se hacen irresponsables... y el cliente también

El número de operaciones no es alto, en comparación con lo que se ha comercializado de otros productos, pero el volumen por operación en este caso es elevado, por lo que las pérdidas pueden llegar a ser cuantiosas. Además del Santander, todo apunta a que la Caixa y BBVA también están cargaditas del producto en sus libros.

El Supremo parece que con lo financiero ha decidido labrarse un currículo de revolucionario de toda la vida, para cuando todo el edificio del Estado de Derecho sea demolido poder decir que ellos ya venían aplicando la justicia revolucionaria, porque otra cosa es difícil de entender. La banca nunca se arrepentirá lo suficiente de su maridaje con el Estado, ese que le salva de las crisis, porque en el fondo lo que subyace tras todo esto es sencillo: los jueces queriendo hacer justicia material. Al fin y al cabo, la gente, ese concepto tan querido a Podemos, no entiende que tenga que responsabilizarse de sus actos cuando los banqueros no lo han hecho, en muchos casos, de los suyos.