Gedeprensa, la asociación de grandes editores que trata de monopolizar los resúmenes de prensa, ha inventado un nueva variedad de protección cautelar. Cautelar, consistente en poner en marcha lo que no existía. Nos explicamos.
El Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) dictaminó que Gedeprensa no podía poner precio al derecho de cita y que, por tanto, los ‘clippineros’ o hacedores de resúmenes de prensa, podían salir con su trabajo sin tener que pagar un canon a Gedeprensa. Técnicamente, lo que el TDC negaba era la autorización singular exigida por los grandes editores (es decir, una autorización para aplicar el canon antes de que se modifique la Ley de Propiedad Intelectual, que los señores de la prensa esperan resulte atractiva para sus intereses). Una autorización singular es tan singular que puede autorizar cualquier ilegalidad.
Gedeprensa dice haberse gastado cerca de 5 millones de euros en preparar el mecanismo para sustituir a los ‘clipplineros’. Pero eso no es lo importante. Lo importante es que los abogados de Gedeprensa (donde están presentes Prisa, Recoletos, Vocento, Unedisa, etc) se han presentado ante la Sala VI de la Audiencia Nacional, donde se sigue el caso, y han solicitado la suspensión cautelar de la sentencia del TDC. Es decir, que piden una cautela sobre una sentencia negativa. Por poner un ejemplo : esto es algo parecido a que promotor inmobiliario que solicita al Ayuntamiento autorización para construir en un solar una torre de 20 pisos, y el ayuntamiento se la niega por rebasar la altura permitida. Entonces, ni corto ni perezoso, nuestro diligente promotor solicita al juez una suspensión cautelar de la negativa del municipio, para, de esta forma, poder construir la torre sin permiso municipal, y mientras los jueces deciden si la decisión del Ayuntamiento se ajusta a derecho. Toda una nueva modalidad de suspensión cautelar que debe ser estudiada por los especialistas.
Además, Gedeprensa alega silencio administrativo. Según ellos, como el TDC ha tardado más de seis meses en fallar sobre su sugerencia de cobrar una tasa por resúmenes de prensa, se entiende que ha habido silencio administrativo, por lo que… quieren empezar a cobrar ya. Ahora bien, el silencio administrativo se aplica cuando no ha sido el solicitante quien con petición de prórroga ha dilatado un proceso más del lapso preceptivo. Además, el silencio administrativo no puede aplicarse al Tribunal de la Competencia.
Por último, Gedeprensa se atreve a insinuar que hubiesen ganado el pleito en el TDC, si no hubiera sido por el cambio de ponente (el nuevo fue Miguel Cuerdo Mir). El TDC es un tribunal administrativo, pero esa insinuación no deja de ser un insulto a la imparcialidad y profesionalidad del ponente.