Sr. Director: El papel del Estado en relación con las confesiones religiosas sería el de no confesionalidad, neutralidad o laicidad. Las fuentes prácticas señalan de modo claro el modo de relacionarse el Estado con las diferentes confesiones. Laicidad supone que el Estado no debe inmiscuirse en las creencias religiosas, pero la laicidad no se puede considerar aisladamente. Laicidad positiva significa que el Estado coopera mediante acuerdos con las confesiones para garantizar mejor el derecho de libertad religiosa, que a la postre sigue siendo lo más importante. Como señala Martínez-Torrón, esos acuerdos lo son de cooperación pero también de separación entre la actividad del Estado y las funciones de las Confesiones, en la medida que determinan el estatuto jurídico de las confesiones religiosas. En esta línea y aunque ya hace tiempo, Amorós destacaba en un trabajo pionero sobre la libertad religiosa, y es que España iniciaba un periodo de desconfesionalización que exige que muchas normas del Estado se adapten al nuevo marco constitucional. Jesús D.