Sr. Director: En estos días que se está hablando de la necesidad o conveniencia de modificar la Constitución, hay un aspecto en el que pienso que la Constitución opta por un sistema de cooperación con las Confesiones religiosas, que aún con sus dificultades permite una mejor transparencia de las relaciones Estado-Confesiones. En el fondo subyace el eterno problema de si el derecho de libertad religiosa es un derecho especial, o si basta para su protección el derecho común. Es fácil constatar que el hecho religioso por su especialidad acaba dando soluciones especiales, si no en las leyes, sí en la jurisprudencia. En nuestro país la tradición es esta, y la historia y la realidad actual priman más que la lógica de un modelo ideal, pero que no es el nuestro. Xus D.